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Back to FSG-020 Administrar transporte institucional

En caso de un accidente automovilístico, según las condiciones del mismo, el(a) funcionario(a) usuario del vehículo comunica a las autoridades externas el evento para asegurar la presencia de los funcionarios correspondientes, ya sea el oficial de tránsito y el personal de la empresa aseguradora, para que ambas partes recopilen los datos e información del evento. Adicionalmente la persona involucrada se comunica con la Institución para hacer el reporte inicial del accidente.

Una vez que las autoridades correspondientes levantan los datos e información del percance el(a) funcionario(a) moviliza el vehículo y lo traslada a las instalaciones de la Institución. Si no es posible debido a las condiciones del mismo coordina un medio de transporte.

El(a) funcionario(a) solicitante elabora un informe del accidente de tránsito, en el cual se describen las circunstancias del mismo, entre otras cosas la fecha del incidente, hora, involucrados, descripción del evento, entre otros.
Una vez que el(a) funcionario(a) se apersona a la Institución con el vehículo accidentado se traslada al consultorio médico para la revisión y diagnóstico correspondiente, con la finalidad de asegurar la integridad física del mismo.

Una vez que se remite el reporte a la jefatura del área, el(a) funcionario(a) involucrado en el accidente automovilístico se apersona al juzgado de tránsito, en primera lugar para reportar el accidente y presentar la denuncia, en segundo para presentar la declaración del caso y finalmente para conocer la sentencia correspondiente. Durante las diferentes etapas del proceso judicial el funcionario(a) remite la documentación generada a la unidad de Servicios Generales para su análisis y archivo. En caso de que el accidente sea responsabilidad de la Institución se gestiona el cobro del deducible al funcionario (FSG-020-060-070); caso contrario se gestiona el cobro al conductor responsable (externo) (FSG-020-060-060).

Si el juzgado de tránsito considera que el accidente es responsabilidad del funcionario(a) de la Institución el área de Servicios Generales, en coordinación con Asesoría Jurídica, Talento Humano y Dirección Ejecutiva, determina si se procede con el cobro del deducible o no al funcionario; si procede se realiza la gestión mediante una acción de personal; caso contrario se elabora el informe de accidentes de tránsito (FSG-020-060-080).
Se elabora un informe periódico de accidentes de tránsito, el cual incluye una descripción detallada de cada uno de los eventos y la resolución final de los mismos (costo, resolución judicial, estado de los vehículos, impacto en la prima de los seguros, otros)

Si el juzgado exonera de culpa al funcionario(a) de la Institución, el área de Servicios Generales, en coordinación con Asesoría Jurídica y Talento Humano, coordina el cobro adeudado por el conductor responsable.
Accidentes de Tránsito

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